Precios y contratos · Guía 2026

Darse de baja de la alarma: permanencias, penalizaciones y el método correcto, compañía por compañía

Ninguna compañía te lo pone en la portada, así que lo ponemos nosotros: cuánto dura la permanencia de cada una, qué penalización aplican, qué pasa con el equipo y cómo se comunica una baja para que nadie pueda discutírtela. Con los datos publicados de Securitas Direct, Movistar Prosegur, ADT, Sector Alarm, Sicor y Segurma, el marco legal del consumidor y una plantilla de carta lista para usar.

Resumen

La permanencia habitual del sector es de 24 meses en hogar (hasta 36 en negocio y en algunos servicios), con preaviso de unos 30 días y renovación automática si no avisas a tiempo. La penalización estándar por baja anticipada son las cuotas restantes hasta completar el periodo (y, según contrato, la parte proporcional de la instalación bonificada); la ley solo la admite si es proporcional al tiempo que falta. La baja se comunica siempre por escrito (burofax, correo certificado o email con acuse), respetando el preaviso, e incluye un final que muchos olvidan: el equipo: si está en cesión se devuelve (Movistar Prosegur, Sector Alarm, Sicor…), y si se financió aparte (frecuente en Securitas Direct), la baja del servicio no cancela esa deuda. Tienes además 14 días de desistimiento si contrataste a distancia o en tu casa. Y la regla que más dinero ahorra: en alarmas no existe portabilidad: la baja de la antigua la gestionas tú, con calendario.

  • Patrón del sector: 24 meses hogar / hasta 36 negocio; preaviso ≈30 días; prórroga automática.
  • Penalización legal = proporcional: lo que falte, no una cifra inflada (art. 85.6 LGDCU).
  • Baja siempre por escrito con prueba: burofax > certificado > email con acuse.
  • El equipo decide el final: cesión (se devuelve) vs compra vs financiación aparte.
  • 14 días de desistimiento si contrataste a distancia o con un comercial en tu casa.
  • No hay portabilidad: solapa la nueva 24-48 h antes de la baja efectiva de la vieja.

Hay una asimetría injusta en el mundo de las alarmas: contratar cuesta una llamada, y salir cuesta un máster. Permanencias que no recordabas haber firmado, prórrogas automáticas, preavisos con letra del ocho, equipos que resulta que no eran tuyos y financiaciones que sobreviven al propio contrato. Esta guía existe para eliminar esa asimetría: vamos a contarte, con los datos publicados por cada compañía en la mano, exactamente qué firma la gente en España, cuánto cuesta salir, y el método para hacerlo sin pagar un euro de más ni quedarte una noche sin protección. Léela antes de darte de baja… y sobre todo, léela antes de firmar con nadie.

Transparencia total: de dónde salen estos datos (y quiénes somos nosotros)

Los datos de este artículo proceden de las condiciones generales y páginas oficiales publicadas por cada compañía (incluido, por ejemplo, el contrato general público de Movistar Prosegur Alarmas), de las reclamaciones públicas recogidas por la OCU y de comparadores y medios especializados del sector, verificados a junio de 2026. Las condiciones cambian con el tiempo y con cada campaña comercial: el documento que manda es siempre tu contrato firmado. Y lo más importante: sistemasdealarma.com/ no tiene relación alguna (comercial, societaria ni de ningún tipo) con las compañías citadas; las marcas pertenecen a sus titulares y se mencionan con fines puramente informativos. No cobramos de ninguna de ellas ni por criticarlas ni por citarlas. Nuestro único interés es que decidas con datos.

Antes de nada: entiende qué firmaste (el vocabulario que te va a ahorrar dinero)

Cuatro conceptos gobiernan tu salida, y conviene tenerlos claros antes de descolgar el teléfono:

  • Permanencia: el periodo mínimo que te comprometiste a pagar, normalmente a cambio de una ventaja de entrada (instalación bonificada, equipo cedido o con descuento). El estándar del sector: 24 meses en hogar y hasta 36 en negocio. El cómputo empieza con la activación del servicio, no con la llamada del comercial.
  • Prórroga o renovación automática: cumplida la permanencia, el contrato no muere: se renueva solo (por periodos anuales, típicamente) si no comunicas la baja en tiempo y forma. Es el mecanismo que convierte contratos de 2 años en relaciones de 8.
  • Preaviso: la antelación mínima con la que debes comunicar la baja para que surta efecto: 30 días es lo habitual en todo el sector. Avisar tarde suele costar, como mínimo, un mes más de cuota.
  • Régimen del equipo: la pregunta que casi nadie sabe responder de su propio contrato: ¿el equipo es tuyo (compra), es de la compañía (cesión o comodato) o lo estás pagando aparte (financiación)? De la respuesta depende medio final de esta película, como veremos.

Tus derechos: lo que dice la ley del consumidor

El marco general es el Real Decreto Legislativo 1/2007 (la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios), y te da cuatro escudos que conviene conocer al detalle:

  • El desistimiento de 14 días. Si contrataste a distancia (teléfono, web) o fuera de establecimiento (el comercial que te visitó en casa: el escenario más común del sector), tienes 14 días naturales para desistir sin alegar causa y sin penalización: devuelves los equipos y te reembolsan lo pagado (pueden descontarte la parte proporcional del servicio ya prestado si pediste activación inmediata). Es el botón de deshacer del arrepentimiento temprano, y caduca rápido: úsalo por escrito y dentro de plazo.
  • La permanencia solo vale si hubo ventaja. Los compromisos de permanencia son lícitos cuando están claramente informados y responden a una contraprestación real: la instalación que no pagaste entera, el equipo cedido, el descuento promocional. Una permanencia sin ventaja asociada, o no informada con claridad, es terreno reclamable.
  • La penalización debe ser proporcional. Es el escudo más importante: la normativa considera abusivas las cláusulas que imponen al consumidor indemnizaciones desproporcionadamente altas (art. 85.6). Traducción práctica: pueden cobrarte lo que falte por cumplir (las cuotas restantes, la parte no amortizada de aquella instalación bonificada), pero no una cifra fija inflada idéntica faltando un mes que faltando veinte. Pide siempre el desglose numerado de cualquier penalización: es la base para pagar lo justo o para reclamar.
  • La prueba manda. Ningún derecho vale nada sin constancia. La baja, el desistimiento, la reclamación: todo por escrito y con acuse. La jerarquía de solidez probatoria: burofax con certificación de contenido (prueba plena de qué dijiste y cuándo), correo certificado, y email pidiendo acuse y número de gestión. El teléfono sirve para informarte; rara vez para probar nada.
Tus cuatro escudos legales (Ley de Consumidores) Desistimiento: 14 días Penalización proporcional Permanencia = ventaja real La prueba manda Contratado a distancia o en tu casa: 14 días naturales para irte gratis. Solo lo que falte por cumplir. Las indemnizaciones infladas son abusivas. Solo vincula si te dieron algo a cambio (instalación bonificada, equipo cedido). Baja por escrito con acuse: burofax, certificado o email con nº de gestión. Base: Real Decreto Legislativo 1/2007 (texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores).
Los cuatro escudos del RDL 1/2007. El tercero (proporcionalidad) es el que desactiva las penalizaciones infladas.

El método: la baja perfecta en seis pasos

Antes de bajar a cada compañía, el procedimiento universal que funciona con todas:

  • 1. Lee tu contrato (de verdad). Localiza cuatro datos: fecha de fin de permanencia, mecanismo de prórroga, plazo de preaviso y régimen del equipo. Si no encuentras el contrato, pídeselo a la compañía: tienen obligación de facilitártelo.
  • 2. Pide el cálculo por escrito. Llama o escribe pidiendo dos cosas: tu fecha exacta de fin de permanencia y, si quieres salir antes, el desglose numerado de la penalización (meses restantes × cuota, conceptos de instalación, equipo). Este papel te permite decidir con números y reclamar si el cargo final no coincide.
  • 3. Comunica la baja por escrito. Con estos elementos: nombre y DNI del titular, número de contrato, dirección de la instalación, la palabra «baja» (o «no renovación») sin eufemismos, la fecha de efectos respetando el preaviso y la petición expresa de confirmación escrita. Adjunta copia del DNI si la compañía lo exige. Canal: burofax o certificado si hay dinero en juego; email con acuse para los casos limpios.
  • 4. Cumple el preaviso con margen. La jugada maestra es de calendario: comunica la baja 30-45 días antes del vencimiento de la permanencia o de la prórroga anual. Ni pagas penalización (porque el contrato vence) ni pagas prórroga (porque avisaste a tiempo).
  • 5. Cierra el capítulo del equipo. Si está en cesión, coordina la devolución o retirada con resguardo (parte firmado, foto de lo entregado, número de expediente). En varias compañías la baja no se considera cerrada hasta este paso.
  • 6. Verifica el cierre. Confirmación escrita de la baja con fecha de efectos, último recibo correcto (prorrateos incluidos) y, un mes después, un vistazo al banco. Si aparece un cargo indebido: reclamación con tu prueba y devolución del recibo (tienes 8 semanas para recibos domiciliados autorizados).
La baja perfecta, en seis pasos 123456 Lee tucontrato Pide elcálculo Comunicapor escrito Cumple elpreaviso Devuelveel equipo Confirmael cierre permanencia,prórroga, preaviso desglose depenalización burofax, certificadoo email con acuse 30 días eslo habitual con resguardode retirada fecha de efectosy último recibo La regla de oro del calendario Apunta la fecha de fin de permanencia el día que firmas: la baja barata se juega 30-45 días antes.
El método universal. El recuadro final es el truco que más dinero ahorra: la baja barata se juega en el calendario, no en la discusión.

Compañía por compañía: lo que dicen sus condiciones publicadas

Vamos al detalle, con una advertencia honesta por delante: lo que sigue refleja las condiciones publicadas y la práctica documentada a junio de 2026; cada contrato concreto puede variar por campaña, pack o anexo promocional. Úsalo como mapa, y tu contrato como territorio.

Securitas Direct (Verisure)

El líder del mercado español. Su esquema habitual: permanencia de 24 meses en hogar y 36 en negocio, con preaviso de 30 días y prórroga por periodos anuales si no comunicas la no renovación a tiempo. La particularidad más importante, y la que más disgustos documentados genera (hay reclamaciones públicas en la OCU exactamente por esto), es la doble dimensión del contrato: el servicio (la cuota de conexión a central) y el equipo, que en muchos planes se compra financiado aparte, con plazos propios que pueden superar la permanencia del servicio (del orden de 3 años en residencial y 4 en negocio, según las condiciones publicadas). Consecuencia crítica: dar de baja el servicio no cancela la financiación del equipo: esas cuotas siguen hasta liquidar el aparato. Antes de pedir la baja, comprueba si tienes un crédito vinculado y cuánto queda.

En cuanto al procedimiento: la baja no se tramita por teléfono (las líneas de atención informan y, con frecuencia, contraofertan): debe formalizarse por escrito (email a los buzones oficiales de la compañía, burofax o correo certificado, con el modelo de desistimiento/baja disponible en el área de cliente y la app My Verisure), identificando el número de contrato y adjuntando DNI del titular. La penalización por baja anticipada sigue el patrón proporcional: cuotas restantes hasta completar la permanencia (43 € de cuota y 9 meses restantes ≈ 387 €) más, según contrato, la parte proporcional de la instalación bonificada a la entrada.

Movistar Prosegur Alarmas

La alianza de Telefónica y Prosegur es, paradójicamente, la más transparente de analizar: su contrato general está publicado en su web, y de ahí salen estos datos literales. La baja del cliente se comunica con un preaviso mínimo de 30 días, por email a gestiondeclientes@movistarproseguralarmas.com o por teléfono al 900 112 365, «sin formalidad alguna, bastando que se acredite en cualquier forma admitida en Derecho» (aun así: hazlo por escrito, por lo de la prueba). La permanencia habitual es de 24 meses en hogar, con periodos superiores (hasta 36) en determinados servicios y modalidades de negocio.

Su fórmula de penalización está tasada en el propio contrato: la cantidad resultante de dividir 499 € (impuestos no incluidos) entre los meses de permanencia pactados, multiplicada por cada mes o fracción que reste, salvo que un anexo promocional fije otra cifra. Ejemplo con 24 meses: ≈20,8 € por mes restante; si te faltan 10 meses, unos 208 € más impuestos. El equipo está en cesión: al terminar el contrato debes devolver el sistema completo, elementos adicionales y carteles incluidos, y la no devolución tiene penalizaciones propias tasadas por tipo de kit. Detalle curioso de su condicionado que retrata la letra pequeña del sector: si tenían llaves tuyas en custodia y no las recoges en 6 meses tras el fin del contrato, pueden destruirlas.

ADT

La multinacional (hoy en la órbita de Johnson Controls) presenta una de las permanencias más contenidas del sector: 24 meses como estándar, en un modelo que a menudo funciona como alquiler del sistema con mantenimiento integral incluido. Su penalización documentada es el patrón proporcional puro: los meses que resten de permanencia por la cuota mensual, sin fórmulas exóticas. Y tiene dos válvulas de escape que su propia práctica contempla antes de cobrar penalización: el cambio de titularidad (útil en traspasos de negocio o relevos en una vivienda de alquiler) y el traslado del servicio. La baja se gestiona por sus canales de atención (acliente@adt.com.es / 900 903 745), con preavisos del orden de 15-30 días según contrato; el destino del equipo depende del modelo contratado (pide el inventario asociado a tu contrato y las instrucciones de retirada o devolución antes de cerrar).

Sector Alarm

La compañía noruega replica el estándar: permanencia de 24 meses desde la activación, equipos en cesión y penalización por baja anticipada compuesta por las mensualidades restantes, el valor de los dispositivos cedidos si no se devuelven o están dañados, y posibles gastos administrativos. Un matiz suyo documentado que conviene vigilar: las ampliaciones y mejoras (una cámara extra, un servicio adicional) pueden renovar la permanencia por 12 o 24 meses más, especialmente si van ligadas a promoción: pregunta siempre, antes de aceptar una mejora, si reinicia el contador. Su procedimiento de baja: contactar con atención al cliente, solicitar y rellenar el formulario de baja, adjuntar copia del DNI y enviarlo por correo certificado, con confirmación en 7-15 días. Guarda todos los justificantes.

Sicor Alarmas (El Corte Inglés)

La firma de seguridad de El Corte Inglés (empresa homologada, autorización DGP 4717) trabaja con permanencia de 24 meses y prórroga anual automática, evitable con preaviso escrito de 1 mes antes del vencimiento; el mismo preaviso rige para la baja una vez cumplida la permanencia. Canales habituales: contacto@sicoralarmas.com / 900 494 947. Dos particularidades documentadas de su condicionado que valen oro. Una: la baja no se hace efectiva hasta que se devuelve el equipo (o se permite su desinstalación), con parte de retirada: dejar el hardware puesto puede mantener la baja abierta y generar cargos. Y dos, la ventana de la subida de precio: además de la revisión anual por IPC, si la compañía modifica el precio por otras causas, dispones de un plazo (dos meses desde la comunicación, con posibilidad de resolver con un mes de preaviso desde la primera factura con la nueva tarifa) para rechazar la subida y salir: una puerta legítima que mucha gente no sabe que existe, y que en distintas formas aparece en varios contratos del sector.

Segurma

La compañía de origen vasco (grupo con fuerte implantación en el norte) sigue el patrón: según los comparadores del sector, 24 meses en hogar y 36 en negocio, con casos documentados de reclamación de las cuotas restantes hasta completar el periodo en bajas anticipadas de empresa, equipos en cesión con la baja condicionada a la retirada (central, detectores, sirenas, cartelería y llaves de custodia) y prórrogas que conviene vigilar por escrito. Recomendación específica documentada: exige el desglose numerado de cualquier penalización (meses × cuota base, no la promocional) y el parte de retirada del técnico como condición de cierre.

¿Y las demás? Prosegur empresas, alarmas de operadora y el mundo sin cuotas

Tres apuntes para completar el mapa. Prosegur como marca corporativa sigue operando seguridad para empresas al margen de la alianza doméstica con Movistar: contratos a medida donde todo lo dicho aplica con más ceros y la misma receta (leer, pedir desglose, escrito, preaviso). Las alarmas empaquetadas con tu operadora (el caso clásico: promociones de Securitas Direct con Vodafone u otros bundles de telecomunicaciones) tienen la trampa de la doble baja: cancelar la fibra o el móvil no cancela la alarma, y viceversa: son dos contratos con dos titulares de servicio distintos, y hay que comunicar dos bajas. Y el segmento sin cuotas (sistemas en propiedad tipo Ajax y similares, sin central o con central opcional): su gran argumento es precisamente este artículo entero: equipo tuyo, sin permanencia de servicio; su contrapartida, que sin conexión a central profesional no hay verificación ni respuesta, como ya contamos en la guía de cómo funciona una alarma.

La chuleta: condiciones habituales por compañía CompañíaPermanenciaPreavisoEquipoBaja: canal Securitas Direct24 m / 36 m negocio30 díasfinanciado aparte (∗)por escrito (email,burofax, certificado) Movistar Prosegur24-36 m según servicio30 díascesión: se devuelveemail o 900 112 365 ADT24 m15-30 díassegún contratoemail o 900 903 745 Sector Alarm24 m≈30 díascesión: se devuelveformulario + envíocertificado Sicor (ECI)24 m1 mescesión: se devuelveemail o 900 494 947 Segurma24 m / 36 m negocio30 díascesión: se devuelvepor escrito (∗) La baja del servicio no cancela la financiación del equipo. Datos: condiciones publicadas a junio 2026; tu contrato manda.
La chuleta para imprimir. Condiciones publicadas a junio de 2026: cada contrato concreto puede variar por campaña o anexo; el tuyo manda.

El capítulo del equipo: cesión, compra o financiación (aquí se deciden los sustos)

Si esta guía tuviera que reducirse a una sola pregunta, sería esta: ¿de quién es tu equipo? Tres modelos conviven en el mercado y cambian por completo el final del contrato. En la cesión o comodato (Movistar Prosegur, Sector Alarm, Sicor, Segurma…), el equipo es de la compañía: al terminar, se devuelve o se deja retirar, con resguardo; no hacerlo cuesta dinero tasado y puede dejar la baja administrativamente abierta. En la compra, el equipo es tuyo y se queda contigo (aunque, huérfano de servicio, pierde la conexión a central; a veces otra empresa puede reaprovechar parte de la instalación, certificado mediante, como contamos en la guía del certificado de instalación). Y en la financiación aparte, la modalidad que más disgustos genera, conviven dos contratos: el del servicio y un crédito del equipo (a veces con una entidad financiera externa): la baja del primero no toca al segundo, y las cuotas del aparato siguen su curso hasta liquidarlo. Antes de firmar cualquier baja (y antes de firmar cualquier alta), localiza en tus papeles cuál de los tres tienes.

¿Y el equipo? Tres modelos, tres finales distintos Cesión (comodato) Compra Financiado aparte El equipo es de la compañía: al terminar se devuelve o se deja retirar (con resguardo). No devolverlo cuesta dinero, y puede dejar la baja sin cerrar. Pagaste el equipo: es tuyo y se queda contigo (aunque sin servicio pierde la conexión a central). El final más simple. Contrato de servicio + crédito del equipo con una financiera. La baja del servicio NO cancela la deuda: las cuotas del aparato siguen hasta el final. Antes de firmar (o de pedir la baja), localiza en tu contrato cuál de los tres tienes. Cambia todo el final.
Los tres finales posibles del equipo. La tarjeta roja es la que más reclamaciones documentadas acumula: dos contratos, dos bajas.

Cambiar de compañía sin pagar doble (ni dormir sin alarma)

El error más caro del sector no es una penalización: es la doble cuota por descoordinación. Porque en alarmas, a diferencia del móvil, no existe la portabilidad: tu nueva compañía no comunica nada a la antigua, y si tú no gestionas la baja, pagarás dos servicios a la vez durante meses. La secuencia correcta es puro calendario: en el día -45, pide a tu compañía actual el cálculo de penalización (si sales antes de tiempo) o tu fecha de fin de permanencia; en el día -30, comunica la baja por escrito con el preaviso cumplido y fecha de efectos; en el día -2, instalación del nuevo sistema (sí, conviviendo 24-48 horas con el viejo: dos días de cuota solapada son el seguro más barato del mundo contra quedarte una noche a cero); día 0, baja efectiva de la antigua; y en la semana siguiente, retirada o devolución del equipo saliente con su resguardo. Quien te diga «tú contrata, que de la baja ya te olvidas» te está vendiendo, literalmente, una segunda cuota.

Cambiar de compañía sin doble cuota (ni noches en blanco) Día -45 Día -30 Día -2 Día 0 Día +7 pide cálculo y fechafin de permanencia baja por escritocon preaviso instalación dela nueva alarma baja efectiva dela antigua retirada del equipocon resguardo Por qué este orden: en alarmas no hay portabilidad La nueva compañía no gestiona la baja de la antigua. Solapa 24-48 h las dos alarmas: cuesta un par de días de cuota y te ahorra dormir sin protección o pagar dos servicios durante meses.
La coreografía completa del cambio. El solapamiento de 24-48 horas no es un descuido: es el diseño.

La llamada de retención: qué te van a ofrecer (y cómo usarla)

Un aviso realista: entre tu comunicación de baja y su cierre suele aparecer la llamada de retención: un departamento entrenado para que te quedes, con munición real: descuentos en la cuota, meses gratis, equipos adicionales sin coste o una «revisión de condiciones». No es ninguna trampa en sí misma, y conviene entender el juego: tu baja escrita es el mejor cupón de descuento del sector. Si en el fondo estabas satisfecho y solo te dolía el precio, escucha la oferta y decide con dos cautelas: primera, pide la mejora por escrito antes de aceptar nada de palabra; y segunda, pregunta expresamente si aceptar implica nueva permanencia, porque muchas retenciones renuevan el contador y esa parte se cuenta más bajito. Y si tu decisión de irte es firme, blindaje verbal simple: «gracias, mi solicitud de baja del día [fecha] sigue en vigor; les pido que la tramiten con la fecha de efectos comunicada». La retención no puede pausar una baja bien comunicada: solo puede intentar que la retires tú.

Si te ponen pegas: la escalada correcta

La mayoría de bajas bien comunicadas se cierran sin drama. Para la minoría restante, la escalada ordenada: primero, reclamación por escrito a la propia compañía aportando tu prueba (el burofax de la baja, el email con acuse) y pidiendo respuesta con número de expediente. Si no hay solución: hoja de reclamaciones y reclamación ante la OMIC de tu municipio o la dirección de consumo de tu comunidad autónoma (gratuitas ambas), donde la proporcionalidad de las penalizaciones y la claridad de la información contractual se examinan con la ley de consumidores en la mano. En paralelo, para cargos posteriores a la baja probada: devolución de recibos en tu banco. Y guarda una regla de higiene mientras dure la disputa: no dejes de pagar unilateralmente lo que sí debas (el mes de preaviso, por ejemplo): pelea el concepto discutido, no el contrato entero, o convertirás tu razón en una deuda.

La plantilla: tu carta de baja lista para enviar

Copia, rellena y envía por burofax con certificación de contenido, correo certificado o email con acuse:

Modelo de comunicación de baja

A la atención del Servicio de Atención al Cliente de [COMPAÑÍA].

D./D.ª [NOMBRE Y APELLIDOS], con DNI […], titular del contrato n.º […] correspondiente al servicio de seguridad instalado en [DIRECCIÓN COMPLETA], comunico mediante el presente escrito mi voluntad de causar BAJA definitiva en el citado servicio, con efectos a partir del [FECHA, respetando el preaviso contractual], al amparo de lo previsto en mi contrato y en el Real Decreto Legislativo 1/2007.

Solicito: (1) confirmación escrita de la baja con su fecha de efectos; (2) en su caso, desglose numerado de cualquier importe pendiente o penalización aplicable; (3) instrucciones y cita para la devolución o retirada de los equipos cedidos, con emisión de resguardo; y (4) el cese de la facturación a partir de la fecha de efectos.

Adjunto copia de mi DNI. Reciban un cordial saludo.
[FIRMA Y FECHA]

Tres retoques según tu caso: si estás en los primeros 14 días, sustituye «baja» por «desistimiento» citando los artículos 68 y siguientes del RDL 1/2007; si aún tienes permanencia y aceptas pagarla, añade «previa liquidación proporcional conforme a contrato»; y si la baja responde a una subida de precio no aceptada, dilo expresamente citando la comunicación recibida: en varios condicionados es una vía de salida sin penalización.

Los seis errores que más dinero cuestan

Los vemos a diario, y todos tienen el mismo antídoto (papel y calendario): dar la baja de palabra por teléfono y descubrir meses después que «no consta»; olvidar el preaviso y regalar una prórroga anual; dejar de pagar «para que me den de baja ellos» y fabricar una deuda con reclamación; no devolver un equipo cedido y comerse la penalización por no devolución (o la baja eternamente abierta); confundir la cuota del servicio con la financiación del equipo y llevarse el susto en el banco; y contratar la alarma nueva sin haber mirado siquiera la fecha de fin de la vieja, inaugurando la temporada de la doble cuota.

Los seis errores que más dinero cuestan Dar la baja «de palabra» por teléfono→ siempre por escrito y con acuse Olvidar el preaviso de 30 días→ agenda la fecha; evita otra prórroga Dejar de pagar «para que me echen»→ genera deuda real e impagos No devolver el equipo cedido→ penalización y baja sin cerrar Confundir servicio y financiación del equipo→ comprueba si hay crédito aparte Contratar la nueva sin fecha de la vieja→ doble cuota durante meses Todos se evitan igual: contrato leído, calendario apuntado y papel (o email con acuse) para todo.
Los seis clásicos y su antídoto común. Ninguno requiere abogado: solo contrato leído, calendario y acuse de recibo.

La conclusión con criterio

Date cuenta de lo que acabas de leer: nada de esto es un truco, una laguna ni un enfrentamiento. Es, simplemente, leer lo que firmaste y usar los derechos que ya tienes: proporcionalidad, preaviso, prueba escrita y un calendario. Las permanencias son legales y tienen su lógica (alguien pagó tu instalación); lo que no es admisible es que la salida se convierta en una carrera de obstáculos. Y permítenos la reflexión final de casa: el mejor momento para pensar en la baja es antes del alta. Cuando compares alarmas, pregunta por la permanencia, por el régimen del equipo y por el procedimiento de baja con la misma atención con que preguntas por la cuota. Una empresa que responde a eso con claridad y por escrito te está diciendo cómo se portará el resto del contrato.

Preguntas frecuentes

¿Es legal la permanencia en los contratos de alarmas?

Sí, siempre que cumpla tres condiciones: que esté claramente informada y recogida en el contrato, que responda a una ventaja real que tú recibiste (instalación bonificada, equipos cedidos, descuentos), y que la penalización por romperla sea proporcional al tiempo que falte por cumplir. Lo que no es admisible son las indemnizaciones desproporcionadas: la normativa de consumo considera abusivas las cláusulas que imponen al consumidor que incumple una indemnización desproporcionadamente alta. Si te reclaman el mismo importe faltando un mes que faltando veinte, hay motivo para pelear.

¿Puedo darme de baja antes de terminar la permanencia? ¿Cuánto me costará?

Puedes, la permanencia no te esclaviza: te pone precio a la salida. El patrón general del sector es pagar las cuotas restantes hasta completar el periodo (a veces más conceptos: la parte proporcional de la instalación que te bonificaron o, en algún caso, cuotas pendientes del equipo si se financió aparte). Ejemplo típico: cuota de 45 euros y 6 meses restantes, unos 270 euros. Antes de decidir, pide siempre a tu compañía el cálculo desglosado y por escrito: es tu derecho y la base de cualquier comparación o reclamación.

¿Cómo comunico la baja para que quede constancia y no me la puedan negar?

Siempre por escrito y siempre con prueba. El orden de solidez: burofax con certificación de contenido y acuse (prueba plena), correo certificado, y email pidiendo acuse de recibo y número de gestión (guarda copia). La llamada telefónica sirve para informarte y pedir el cálculo de penalización, pero en varias compañías no tramita la baja por sí sola. Incluye en el escrito: nombre y DNI del titular, número de contrato, dirección de la instalación, la palabra «baja» sin ambigüedades y la fecha de efectos respetando el preaviso (30 días es lo habitual).

¿Qué pasa con el equipo de la alarma cuando me doy de baja?

Depende de lo que firmaste. Si el equipo está en cesión o comodato (muy habitual: Movistar Prosegur, Sector Alarm, Sicor), no es tuyo y hay que devolverlo o permitir su retirada; no hacerlo tiene coste (en el contrato de Movistar Prosegur, por ejemplo, la no devolución del sistema tiene penalizaciones tasadas) y en compañías como Sicor la baja puede no considerarse efectiva hasta la retirada. Si el equipo lo compraste o financiaste (frecuente en Securitas Direct), es tuyo, pero cuidado: la baja del servicio no cancela la financiación pendiente del aparato.

Me siguen cobrando después de pedir la baja: ¿qué hago?

Primero, comprueba el calendario: con preaviso de 30 días es normal que se cobre el mes en curso o incluso el siguiente si avisaste con el ciclo empezado. Si los cargos continúan más allá de la fecha de efectos: reclama por escrito a la compañía aportando tu prueba de la baja (ahí brilla el burofax), ordena a tu banco la devolución de los recibos indebidos (tienes 8 semanas para recibos SEPA autorizados) y, si no lo resuelven, hoja de reclamaciones y OMIC o consumo de tu comunidad. Importante: no dejes simplemente de pagar sin haber comunicado la baja en forma, porque generarías una deuda real.

¿Existe el derecho de desistimiento en las alarmas? ¿Los famosos 14 días?

Sí. Si contrataste a distancia o fuera de establecimiento (teléfono, web, o el comercial que vino a tu casa: el caso típico del sector), tienes 14 días naturales para desistir sin alegar causa y sin penalización, devolviendo los equipos y con derecho a reembolso; solo pueden cobrarte la parte proporcional del servicio ya prestado si pediste que empezara de inmediato. Es la vía de escape perfecta para el arrepentimiento temprano: si a la semana de la instalación ves que no era lo que te contaron, no esperes: desiste por escrito dentro del plazo.

Me mudo (o ha fallecido el titular): ¿tengo que pagar la penalización igualmente?

Son los dos escenarios con salidas alternativas. En mudanza, casi todas las compañías ofrecen el traslado del servicio al nuevo domicilio (ojo: puede reiniciar la permanencia) o el cambio de titularidad si el que llega a la vivienda quiere quedarse el sistema: ambas evitan la penalización. En caso de fallecimiento del titular, comunica la situación con el certificado de defunción: lo razonable y lo habitual es la resolución sin penalización o el cambio de titular a un familiar; si te exigieran la permanencia de un fallecido, reclama por escrito y escala a consumo.

¿La nueva compañía de alarmas me gestiona la baja de la antigua, como pasa con el móvil?

No, y es el malentendido más caro del sector: en alarmas no existe la portabilidad. Contratar una alarma nueva no comunica nada a tu compañía anterior, así que si no gestionas tú la baja, pagarás dos cuotas a la vez. La secuencia correcta: pide el cálculo de penalización y tu fecha de fin de permanencia, comunica la baja por escrito respetando el preaviso, programa la instalación de la nueva 24-48 horas antes de la fecha de efectos de la antigua (para no dormir sin protección) y coordina la retirada o devolución del equipo saliente con resguardo.

Seguridad sin letra pequeña

Te decimos la permanencia, el equipo y la salida antes de que firmes

En sistemasdealarma.com/ creemos que la confianza empieza en el contrato: condiciones claras, régimen del equipo explicado y el procedimiento de baja por escrito desde el primer día. Si estás pensando en cambiar de sistema, te asesoramos con el calendario en la mano para que no pagues ni un día doble.

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Referencias y fuentes de los datos

  1. Real Decreto Legislativo 1/2007, texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: derecho de desistimiento en contratos a distancia y fuera de establecimiento (arts. 68 y ss. y 102 y ss.), cláusulas abusivas (art. 85.6: indemnizaciones desproporcionadamente altas) e integración de la información contractual.
  2. Movistar Prosegur Alarmas, S.L.: Condiciones Generales del Contrato publicadas en su web oficial (canales y preaviso de baja, fórmula de penalización, régimen de cesión y devolución del sistema, custodia de llaves).
  3. Securitas Direct España, S.A.U. (Verisure): condiciones y canales publicados; reclamaciones públicas recogidas por la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios) relativas a permanencia y financiación del equipo.
  4. Condiciones y prácticas publicadas de ADT (Johnson Controls), Sector Alarm España, Sicor Seguridad (El Corte Inglés, aut. DGP 4717) y Segurma, recogidas de sus webs y de comparadores y medios especializados del sector de alarmas (Selectra, Roams, Grupo Acerca, Alarmas.plus, Tualarmaencasa y Comparador-alarmas), consultados a junio de 2026.
  5. Normativa de servicios de pago (devolución de recibos domiciliados SEPA) y vías de reclamación de consumo: OMIC municipales y direcciones generales de consumo autonómicas.

Aviso importante y declaración de independencia: los datos de permanencias, penalizaciones, canales y plazos citados proceden de las condiciones publicadas por las propias compañías y de las fuentes indicadas, verificadas a junio de 2026; pueden variar en cualquier momento y según cada contrato, campaña o anexo promocional: el documento vinculante es siempre el contrato firmado por cada cliente. sistemasdealarma.com/ no mantiene relación comercial, societaria ni de ningún otro tipo con las compañías mencionadas; todas las marcas citadas pertenecen a sus respectivos titulares y se utilizan exclusivamente con fines informativos. Este contenido es divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico.

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